El trabajo en régimen de subcontratación es aquel realizado, en virtud de un contrato de trabajo, por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista.
Empresa Principal: Que es aquella que contrata a la empresa contratista y que es dueña de la obra o faena.
Empresa contratista: Que es aquella que ejecuta las labores externalizadas por la empresa principal.
Empresa subcontratista: Que es aquella que participa si la empresa contratista a su vez subcontrata la obra o servicio encomendado por la empresa principal.
La Ley 20.123 regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.